El acceso al aborto en tiempos de COVID-19
| Aborto | Carmen Rodríguez
Aunque en Ciudad de México y Oaxaca el aborto esta despenalizado, existe una gran incertidumbre sobre su acceso en tiempos de Coronavirus
Debido a la situación generada por la pandemia de Coronavirus, la practica del aborto se contempla como una práctica de salud urgente y no aplazable, por lo que los servicios de aborto legal en Ciudad de México se pueden seguir prestando de manera normal.
Sin embargo, debido a las restricciones en los desplazamientos por motivos de Covid-19, mujeres de otros estados del país pueden ver obstaculizado su derecho de acceso a esta prestación, al estar restringida la movilidad para las personas debido a la pandemia. Algo que no se está contemplando por las autoridades.
Por otro lado, protestas de grupos religiosos y conservadores están aprovechando la situación debida a la pandemia, para crear incertidumbre en torno al aborto e implementar recortes en las clínicas que prestan estos servicios.
Un ejemplo es el Obispo de Cuernavaca, que en recientes declaraciones afirmó que “La pandemia de Covid-19 es un grito de dios a la humanidad ante el desorden social, el aborto, la violencia, la corrupción, la eutanasia y la homosexualidad”. Afirmaciones que criminalizan la decisión de las mujeres respecto a un embarazo no deseado.
Frente a este o otros intentos de retroceder en derechos sexuales y reproductivos. El Gobierno de México debe de garantizarlos al ser servicios esenciales, tanto desde los servicios de salud estatales como desde las clínicas privadas que los prestan.
¿Pero cuáles son los servicios esenciales de salud sexual y reproductiva que deben seguir ofertándose y garantizándose por los gobiernos:
1.- Acceso a métodos anticonceptivos modernos. En esta situación de restricción de movimiento, debería garantizarse que las mujeres pueden acceder a insumos suficientes para varios meses, además de favorecer el acceso a anticoncepción de larga duración.
2.- Aceso al aborto seguro. Donde se continue garantizando esta prestación sanitaria en los estados donde esta despenalizado como son Ciudad de México y Oaxaca. Y también vigilando el cumplimiento de la NOM-046 en todo el país, considerándola una urgencia médica que debe ser accesible para toda mujer que haya sufrido una violación en cualquier parte del país y decida abortar.
3.- Atención garantizada de emergencias obstétricas. Con protocolos claros donde las mujeres puedan saber qué hospitales están destinados a dichas emergencias y se facilite su acceso